Desahucios
La Ley de Arrendamientos Urbanos, que regula las relaciones entre arrendadores e inquilinos de vivienda particular, establece una serie de motivos por los que el arrendador puede solicitar al inquilino el desalojo del inmueble.
De todos estos motivos, el desahucio por impago es el más utilizado.
Cuando se produce un impago de alquiler, el arrendador puede solicitar al Juez que decrete la finalización del contrato y desalojo del inquilino deudor.
¿A partir de cuando puede realizarse un desahucio por impago?
El impago de rentas se produce desde el mismo momento en que se produce un retraso en el pago de la renta. Por tanto no es necesario esperar a que transcurra un tiempo determinado antes de iniciar el proceso de desahucio por la vía judicial mediante la interposición de una demanda.
¿Cómo es el procedimiento de desahucio?
Es aconsejable probar primero la vía amistosa, es decir, a través de avisos verbales, y, si estos no surten efecto, en ocasiones el envío de un Burofax con acuse de recibo puede ser efectivo.
Si estas acciones no surten efecto, la única vía que quedaría sería la judicial.
Para ello, el arrendador deberá presentar una demanda con la colaboración necesaria de un abogado y procurador.
El proceso de desahucio se realiza a través de un Juicio declarativo verbal. A través de este, el arrendador solicita al Juez la finalización del contrato de arrendamiento a la vez que el desalojo del inquilino moroso.
Además, puede solicitar la condena del inquilino a pagar todas las cantidades que adeuda e incluso las costas de todo el proceso, es decir, el importe del abogado, procurador del demandante.
¿Cuánto cuesta un desahucio?
El precio de este proceso puede variar ya que los honorarios de abogado y procurador pueden ser variables.
A modo orientativo, podemos decir que el coste de este proceso puede rondar los 400 euros para el pago del abogado y los 200 para el pago del procurador.
Además de estos costes variables tendremos:
Poder general para pleitos: hablamos de un documento notarial mediante el cual el arrendador otorga poderes al procurador para que le represente ante el Tribunal. Aunque este trámite se puede hacer de forma gratuita directamente en el juzgado, si no es así su coste puede rondar los 40 euros.
Tasas judiciales: en el caso de tratarse de una persona física, no existen tasas judiciales para este proceso. Para las personas jurídicas estas tasas rondarán los 150 euros.
Cerrajero: no siempre es necesario este gasto, si el inquilino desaloja de forma voluntaria el inmueble.
Duración del proceso de desahucio
Aunque a través de modificaciones legislativas se ha intentado que estos procedimientos fueran más rápidos, la realidad es que debido a la saturación de los juzgados estos procesos se alargan en el tiempo, aunque se ha mejorado ostensiblemente con respecto a hace años.
Se estima que la duración media de un proceso de desahucio es de 5 meses.
Si usted es arrendador y su inquilino se atrasa o no paga el alquiler correspondiente, es importante que actúe lo antes posible. Contacte con nuestros abogados inmobiliarios de Madrid para obtener ayuda legal inmediata.