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AGRUPACIONES DE TERRENOS E INMUEBLES

De forma inversa a lo que ocurre con las segregaciones, también es posible agrupar jurídicamente un terreno o un inmueble.

Agrupación de terrenos e inmuebles

Debemos tener en cuenta que la agrupación no es lo mismo que una agregación: entre otras cuestiones, el cálculo de los Actos Jurídicos Documentados se lleva a cabo de forma distinta según estemos ante uno u otro caso. Esto es así porque en la agrupación se mantiene la referencia catastral, mientras que en la agregación desaparece las referencias de las fincas que se han agrupado, asignándoles una nueva.

Es un tema de cierta complejidad legal y por eso es muy importante planificarlo con la asistencia de un abogado inmobiliario especializado, para evitar errores y problemas en el futuro.

Tenga en cuenta también que esta operación no exige que el titular sea una misma persona, sino que pueden ser de distintos propietarios. En ese caso se crea una finca proindiviso, como explicamos en otro apartado de esta misma web.

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