DIVISION HORIZONTAL DE EDIFICIOS, PARCELAS Y TERRENOS
La división de un edificio donde existen viviendas se realiza mediante un acto documentado público, en el cual se produce la división del inmueble en fincas registrales independientes. Esto significa que cada una tendrá un número catastral y un coeficiente de participación según la superficie total. De esta forma se crean las Comunidades de Propietarios.
Actualmente las personas que viven en un edificio que no sea de vivienda unifamiliar, están protegidas y se regulan mediante una Ley llamada de Propiedad Horizontal, por lo que será esta normativa la que se aplique.
Se trata de un tema importante y en nuestro Despacho somos conscientes de ello; es por ello que contamos con profesionales experimentados que le ayudarán de manera eficaz. Recuerde que también podremos informarle de las cuestiones fiscales que corresponden a este tipo de situaciones. Por ejemplo, la división horizontal de bienes inmuebles está sujeta a gravamen y habrá que pagar el correspondiente impuesto a la Agencia Tributaria. De todo esto quedará debidamente informado y podrá hacernos las consultas que necesite durante el proceso.
Como hemos dicho también es posible hacer divisiones en parcelas y terrenos.
Para más información no dude en pedir una cita previa con nosotros.
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